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  1. Los trabajadores estatales para poder acceder a los créditos, su contrato de trabajo tiene que ser por tiempo indeterminado.
  2. En el caso de los trabajadores estatales que pertenezcan a entidades que estén condicionados a contratos de trabajo por tiempo determinado, para poder acceder al financiamiento, los plazos de amortización que se pacten con el banco deberán ser menores o iguales al tiempo de vigencia del contrato de trabajo, así como las garantías presentadas, de estar constituidas por fianzas solidarias, el o los fiadores no podrán pertenecer a la misma entidad, ni contar con un contrato de trabajo por tiempo determinado.
  3. Todas las solicitudes serán sometidas a un estricto análisis por parte de los especialistas designados.
  4. Las solicitudes que cumplan con los requisitos necesarios, serán presentadas al Comité de Crédito de la sucursal.
  5. El Comité de Crédito de la sucursal, analizará todas las solicitudes y las aprobará o denegará según el límite de aprobación, previo análisis de riesgo realizado. Si los límites de aprobación no corresponden a la sucursal, será elevado al Comité de Crédito Provincial, conjuntamente con su fundamentación.
  6. Las sucursales tendrán un plazo de hasta veinte (20) días naturales, para responder a las solicitudes que sean de su competencia. Las solicitudes que sean sometidas a la aprobación del Comité de Crédito de las Direcciones Provinciales, tendrán 10 días naturales más para responder al solicitante, así mismo contarán con igual periodo de tiempo las que sean elevadas al Comité de Crédito de la Oficina Central.
  7. El crédito se pondrá a disposición del deudor en el momento de la formalización.
  8. Si se presentara algún caso en que el cliente ya posea un préstamo, pero el monto concedido no le alcanza para obtener su propósito y cuenta con la capacidad de pago suficiente, puede solicitar una de las siguientes variantes:
  • ·Que se le conceda una ampliación de su línea, si las garantías lo permiten, o que se le otorgue un nuevo financiamiento.
  1. Las ampliaciones serán del monto del financiamiento y deberán ser analizadas en los Comités de Créditos, considerando que las garantías presentadas respalden la suma del monto pendiente de amortizar y el nuevo importe solicitado.
  2. Solo se podrán otorgar dos modalidades de créditos a un mismo deudor, pudiendo ser dos líneas de créditos, dos créditos simples o la combinación de ambas.
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