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El Banco de Crédito y Comercio (BANDEC) es una institución financiera bancaria, constituida según Acuerdo No.3215 del 12 de noviembre de 1997 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros al amparo del Decreto – Ley No. 173 “Sobre los bancos e instituciones financieras no bancarias”.  El BANDEC opera con Licencia General concedida por el Banco Central de Cuba mediante Resolución Número Uno de 1997 de fecha 5 de agosto de 1997 y se rige por los Estatutos del Banco de Crédito y Comercio, aprobados mediante acuerdo No. 254 del Consejo de Dirección del Banco Central de Cuba de fecha 5 de diciembre de 1998 y puestos en vigor mediante Resolución No.36 del Presidente de BANDEC de fecha 9 de diciembre.

Principales servicios que se prestan:

  • Banca Personal +

    • Aperturas, control y cierre de cuentas de Ahorro a la Vista, Asociadas a Tarjetas Magnéticas, Depósitos a Plazo Fijo y a Término, en moneda nacional y en divisas.
    • Emisión de Certifico, para trámites migratorios, de Adeudo, de No Adeudo y de Pagos.
    • Emisión de Estados de Cuentas.
    • Recepción y entrega de Depósitos Judiciales.
    • Entrega, control y cobro de Créditos Personales, en sus distintas modalidades, incluyendo las deudas de la Ley General de la Vivienda.
    • Entrega de Títulos de Propiedad. Además de Copias Fieles del original previa solicitud de los clientes.
    • Recepción y pago de transferencias desde el extranjero. Incluye el pago de remesas de ayuda familiar desde el exterior.
    • Recepción y envío de transferencias dentro del territorio nacional en moneda nacional y en divisas.
    • Atención completa al proceso de los Subsidios a la población.
    • Venta de Cheques de Gerencia.
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  • Modalidades de Ahorro de la Población: +

    • Cuentas de Ahorro:

    Todas las cuentas o depósitos que mantienen las personas naturales en nuestras sucursales bancarias y que constituyen pasivos u obligaciones para el banco. Pueden ser: A la Vista, Depósito a Plazo Fijo, y los Certificados de Depósito.

    • Cuentas de ahorro a la vista:

    Es un contrato mediante el cual el depositante entrega a un banco cierta cantidad de dinero para ser restituida en la misma especie y calidad, con la facultad para este, expresa o tácita, de utilizarla total o parcialmente, pero permaneciendo la disponibilidad a favor del depositante. Se instrumenta por medio de la entrega al titular o titulares de una libreta de ahorro al realizar la primera imposición, en la cual, se anotan los sucesivos reintegros y extracciones que se realizan en la cuenta, siendo además el título jurídico que justifica las cantidades entregadas y el derecho al reintegro del saldo disponible.

    • Asociadas a tarjetas magnéticas:

    Constituyen una variante de las anteriores, pero se instrumentan por medio de una tarjeta magnética, la cual es personal e intransferible. El número de cuenta mediante la cual se contratan, se encuentra en la sucursal bancaria en que se originan y se asocian a otro código de cuenta en la sucursal electrónica donde radica su saldo. Estas cuentas presentan la ventaja de operar tanto en sucursales bancarias, como en cajeros automáticos, a través de los canales de pago, o terminales de punto de venta radicados en bancos, comercios y otros, con límites máximos de operaciones y saldos, renovables mediante acuerdos con las sucursales emisoras con lo cual se ofrece mayor seguridad a sus titulares quienes a su vez operan con una clave personal.

    En este momento, además de la personalización de la Tarjeta Débito Red – Bandec y de la explicación de su empleo habitual, se le ofrecerá a todos estos clientes el servicio de la tarjeta MULTIBANCA, exponiéndole que a través de esta y su matriz de autenticación, le permitirá el acceso a variadas formas de operar y administrar su cuenta de tarjeta para realizar pagos, transferencias y otras transferencias de manera remota, sin tener que acudir al banco.

    • Depósito a plazo fijo:

    Es un contrato, documentado mediante certificado intransferible, por el que el depositante se compromete a mantener en la entidad bancaria hasta su vencimiento el montante del depósito. El tipo de interés con el que se remuneran estos depósitos, dada su no disponibilidad hasta el momento del vencimiento, es mayor que el devengado en de ahorro. En la fecha de vencimiento el banco devuelve al cliente la cantidad en depósito más los intereses correspondientes. Estos pueden ser abonados en el propio depósito, en cuenta de ahorro o ser liquidados por la caja. No se permite el anticipo de intereses y sólo se abonan acorde con lo pactado entre las partes. En estos depósitos, como es lógico suponer, no se admite realizar abonos adicionales durante el período de vigencia.

    En caso de que en el momento de vencimiento el depositante no exprese su voluntad de cancelar la imposición se entiende su prórroga.

    • Certificados de Depósitos:

    La baja liquidez de los depósitos a plazo fijo hizo surgir este nuevo producto bancario. Un certificado de depósito es un documento acreditativo de una imposición a plazo fijo emitido por una entidad bancaria y transmisible por endoso. En el documento acreditativo figura el titular del certificado de depósito, el vencimiento, el tipo de interés y la modalidad de pago de los intereses. De esta forma, si el depositante necesita liquidez antes del vencimiento del plazo fijado puede vender el certificado de depósito sin necesidad de cancelar el contrato de depósito subyacente.

    • Depósito a Plazo Fijo con pago adelantado de intereses:

    Los Depósitos a Plazos Fijos con pagos adelantados de intereses se diferencian de los depósitos a Plazos Fijos tradicionales, en que sus titulares podrán cobrar los intereses de forma anticipada, a partir de que transcurra un año de la fecha valor de su imposición o prórroga. Si se interrumpe el depósito antes de su vencimiento, Bandec deducirá del principal los intereses pagados anticipadamente.

     

    • Certificado o modelo de certificado:

     Es el documento acreditativo de ser titular de una cuenta de depósito a plazo fijo o de un certificado de depósito, en el caso de este último, es como se explicó en la definición anterior, es un documento transmisible mediante endoso.

    • Cuentas de ahorro especiales:

    Son aquellas que clasifican dentro de las definiciones precedentes (salvo los Certificados de depósitos), abiertas a título individual y que por sus características propias requieren un tratamiento diferenciado. A saber: Cuentas de menor representado, Cuentas de menor sin tutela legal, Cuentas de Incapacitados, Cuentas para la Formación de Fondos, Cuentas de colaboradores en el exterior etc.

    Tipos de cuenta:

    • Individuales:

    Son aquellas que son abiertas a nombre de una sola persona, lo que no impide que por medio de la concesión de apoderamientos para utilizar la cuenta se designe a varias personas para que puedan firmar indistintamente o conjuntamente. Admiten la designación de beneficiarios.

    • Indistintas o Solidarias:

    Se abren a nombre de dos o más personas naturales con carácter solidario. Las extracciones, traslados, cierres y disposiciones de las cuentas para asumir como garantías el otorgamiento de financiamientos, podrán efectuarse indistintamente por uno cualesquiera de sus titulares, sin necesidad de Poder Especial de los demás, aun en el caso de ausencia definitiva del país o fallecimiento de cualquiera o cualesquiera de ellos. No admiten designación de beneficiarios.

    La titularidad indistinta de los fondos genera una presunción de copropiedad y salvo prueba en contra, se supone dividida en partes iguales. Definir este particular corresponde a los cotitulares, quedando el banco libre de responsabilidad.

    • Conjuntas o Mancomunadas:

    Se pueden abrir a nombre de dos o más personas con carácter mancomunado y a diferencia de las cuentas de tipo indistintas, las conjuntas o mancomunadas implican la actuación de todos sus titulares. Cualquier acto debe ser realizado por todos ellos, exigiéndoles las firmas, ya que cada uno de los titulares conjuntos no está facultado por sí mismo, sin la concurrencia de los demás, para solicitar el reintegro o disposición del saldo de la cuenta. De modo que las extracciones, traslados y cierre requerirán las firmas de todos sus titulares conjuntamente. No admiten designación de beneficiarios.

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  • Documentación a presentar para la apertura de Cuentas y Depósitos +

    Personas naturales cubanas o extranjeras con residencia permanente en Cuba: El Carné de Identidad para el caso de los ciudadanos cubanos o documento oficial cubano de identificación personal, cuando se trate de personas extranjeras.

    Carné del MINFAR para los miembros de este organismo.

    Personas naturales cubanas o extranjeras con residencia permanente en el exterior:

    • El pasaporte expedido por el país de residencia, vigente y con la correspondiente visa, si se trata de personas naturales extranjeras.
    • El pasaporte expedido por las autoridades consulares cubanas del país de residencia, vigente y con la correspondiente visa, cuando se trate de personas naturales cubanas.

    Personas naturales cubanas con residencia temporal en el exterior:

    • Pasaporte vigente con visa actualizada.
    • Documento oficial cubano otorgando el permiso de residencia en el exterior.

    Las personas naturales extranjeras con residencia temporal en Cuba:

    • Pasaporte vigente con visa actualizada o documento oficial cubano de identidad como residente temporal.
    • Personas naturales extranjeras con funciones diplomáticas acreditadas en el territorio nacional.
    • Deberán presentar el documento oficial de identidad por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
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  • Otorgamientos de Créditos a la Población +

    Requisitos:

    1. Haber cumplido 18 años de edad
    2. Residir permanentemente en Cuba.
    3. Estar civilmente capacitado.
    4. Tener ingresos lícitos demostrables, fijos y/o regulares.
    5. De tratarse de personas que no tengan ingresos regulares, por el tipo de actividad que realizan (artesanos, artistas, guionistas, pertenecientes a ONG y otros) deben demostrar de forma tangible sus ingresos futuros.
    6. Haber honrado y estar honrando con seriedad, de haberlas contraído, otras deudas bancarias.
    7. Cumplir con la capacidad de pago, otros requisitos y condiciones exigidos por el Banco.
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  • Condiciones generales para el otorgamiento de Créditos +

    1. Los trabajadores estatales para poder acceder a los créditos, su contrato de trabajo tiene que ser por tiempo indeterminado.
    2. En el caso de los trabajadores estatales que pertenezcan a entidades que estén condicionados a contratos de trabajo por tiempo determinado, para poder acceder al financiamiento, los plazos de amortización que se pacten con el banco deberán ser menores o iguales al tiempo de vigencia del contrato de trabajo, así como las garantías presentadas, de estar constituidas por fianzas solidarias, el o los fiadores no podrán pertenecer a la misma entidad, ni contar con un contrato de trabajo por tiempo determinado.
    3. Todas las solicitudes serán sometidas a un estricto análisis por parte de los especialistas designados.
    4. Las solicitudes que cumplan con los requisitos necesarios, serán presentadas al Comité de Crédito de la sucursal.
    5. El Comité de Crédito de la sucursal, analizará todas las solicitudes y las aprobará o denegará según el límite de aprobación, previo análisis de riesgo realizado. Si los límites de aprobación no corresponden a la sucursal, será elevado al Comité de Crédito Provincial, conjuntamente con su fundamentación.
    6. Las sucursales tendrán un plazo de hasta veinte (20) días naturales, para responder a las solicitudes que sean de su competencia. Las solicitudes que sean sometidas a la aprobación del Comité de Crédito de las Direcciones Provinciales, tendrán 10 días naturales más para responder al solicitante, así mismo contarán con igual periodo de tiempo las que sean elevadas al Comité de Crédito de la Oficina Central.
    7. El crédito se pondrá a disposición del deudor en el momento de la formalización.
    8. Si se presentara algún caso en que el cliente ya posea un préstamo, pero el monto concedido no le alcanza para obtener su propósito y cuenta con la capacidad de pago suficiente, puede solicitar una de las siguientes variantes:
    • ·Que se le conceda una ampliación de su línea, si las garantías lo permiten, o que se le otorgue un nuevo financiamiento.
    1. Las ampliaciones serán del monto del financiamiento y deberán ser analizadas en los Comités de Créditos, considerando que las garantías presentadas respalden la suma del monto pendiente de amortizar y el nuevo importe solicitado.
    2. Solo se podrán otorgar dos modalidades de créditos a un mismo deudor, pudiendo ser dos líneas de créditos, dos créditos simples o la combinación de ambas.
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  • Banca Electrónica +

    - Servicio Virtual Bandec, este sistema de conexión on-line BANCO-CLIENTE es una herramienta que le permitirá a los clientes operar sus cuentas, sin tener que presentarse físicamente en el banco. El sistema está diseñado y dirigido a los siguientes segmentos de la población:

    • · Entidades Jurídicas y financieras.
    • · Trabajadores por Cuenta Propia y Otras Formas de Gestión no Estatal.
    • · Agricultores Individuales.

    El cliente que contrate este canal de pago podrá acceder a los siguientes servicios:

    Opciones de Consulta o Información:

    • · Disponibilidad de Fondos
    • · Estados de cuentas
    • · Operaciones por día
    • · Recuperar Comprobantes
    • · Estado de cuenta de tarjeta mayorista

    Opciones de Operaciones:

    • · Pago de Impuestos.
    • · Solicitud de Chequeras.
    • · Transferencias de Fondos.
    • · Transferencias por lotes.
    • · Transferencias de salarios a Personas Naturales.
    • · Órdenes de Cobro.
    • · Financiamiento.
    • · Disponibilidad: Recursos de préstamos a favor del cliente.
    • · Adeudos: Listado de las deudas del cliente con la Sucursal.
    • · Próximos vencimientos: Fechas de pago de las próximas deudas del cliente.
    • · Amortización: Efectúa sus pagos por concepto de amortización de los préstamos.
    • · Acreditación de Nómina (mediante Tarjeta Red Bandec).
    • · Emisión del Modelo 643 y el 01-2, Cuentas de Formación de Fondos.
    • · Depósitos de cheques de operaciones mercantiles.

    - Kiosco (Banca Remota para Particulares), este es otro de los canales de pago que Bandec pone a disposición de las personas naturales, tanto de sus clientes como de sus propios trabajadores, a todos los niveles, para la ejecución de sus operaciones personales. Este canal les permite acceder electrónicamente a varios servicios de pago, desde cualquier PC, móvil o Tablet, ya sea personal o institucional con acceso a la intranet nacional o internet, sin necesidad de acudir a la sucursal bancaria ni a un cajero automático.

    - Transfermóvil (Banca Móvil), esta es una aplicación de ETECSA que funciona en sistema operativo androide o mediante códigos USSD en dispositivos (teléfono o Tablet que admitan línea telefónica) y permite al cliente hacer pagos en CUP y/o CUC de varios servicios que tenemos disponibles.

    - Banca Telefónica (BANTEL), este servicio se ofrece solamente a clientes que sean titulares de cuentas asociadas a Tarjetas Débito Red en sucursales de Bandec, a través del servicio, que consiste en una llamada telefónica al Centro de llamadas, el cliente podrá realizar varias operaciones y pagos de servicios.

    - ENZONA: Es la plataforma cubana para el comercio y el gobierno electrónico, la gestión productiva, los servicios y la calidad de vida del pueblo. Esta aplicación ha sido desarrollada por la empresa cubana XETID, especializada en informática, automática y telecomunicaciones, de conjunto con el BCC. XETID informará oportunamente la puesta en marcha de las operaciones entre personas naturales y jurídicas. Se descarga a través de la plataforma https://enzona.xetid.cu/inicio o en APKLIS (https://www.apklis.cu/es/). Es imprescindible crearse un usuario en la plataforma y registrar la tarjeta magnética asociada con su banco. La plataforma cuenta con dos tipos de cuentas: clientes y negocio. Se utilizará fundamentalmente para transacciones entre personas naturales con todas las empresas o entidades que ofrecen servicios gastronómicos, bodegas, tiendas en divisa, farmacias y tiendas de materiales Se necesita para utilizar la aplicación: Cualquier dispositivo electrónico que pueda acceder a INTRANET mediante WIFI, datos móviles o red cableada, correo electrónico o número de teléfono móvil, de acceder con dispositivo móvil androide este debe poseer sistema operativo mayor de 4.4.2 y tarjeta magnética del sistema  Red.

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